PASOS POSTERIORES
A LA CONSTITUCION DE UNA EMPRESA
A
continuación les indicaremos los pasos posteriores en la creación y
constitución de una empresa con todos los requisitos para operar legalmente y
ser identificado antes las demás entidades
No son necesarios para todas las
empresas, depende del funcionamiento de la misma
1.
SUPERINTENDENCIA
DE INDUSTRIA Y COMERCIO:
Es de carácter voluntario pero es
importante para proteger su marca, el lema, patente entre otro. Para llevar
esto acabo debe consultar lo siguiente: antecedentes marcarios, registro de
marca y patente, expedición de certificado de pesas y medidas, calibración de
instrumentos de medición.
2.
PLANEACION MUNICIPAL:
Es de carácter voluntario siempre y
cuando no sean establecimiento que funcione en zonas públicas, de acuerdo a las
licencias de usos de suelo permitidos en su establecimiento.
3.
SECRETARIA DE GOBIERNO:
Es de carácter obligatorio solamente
para los establecimientos que expidan licores. La secretaria de gobierno en cualquier
momento a través de la alcaldía podrá verificar este permiso.
4.
CUERPO DE BOMBEROS:
Es de carácter voluntario para una
información técnica de la planta física de cualquier empresa, pero es
obligatorio para eventos masivos, como bares, discotecas, cines.
5.
DIRECCION DE IMPUSTO Y ADUANAS
NACIONALES( DIAN):
Es de carácter obligatorio para las
personas naturales y jurídicas estando inscritas en el registro único
tributario (RUT), actualizaciones, cancelación y numeración de facturas.
6.
SECRETARIA DE HACIENDA:
Es de carácter obligatorio, ya que es
el impuesto que le debemos pagar al gobierno para que cada departamento cumpla
con sus obligaciones.
7.
INVIMA:
Es de carácter obligatorio para las
entidades que manipulen cualquier tipo de alimento procesado, bebidas
alcohólicas cosméticos, etc., además de la solicitud de registro sanitario la
cual certifica la calidad de los alimentos y bebidas públicas.
8.
SAYCO ACIMPRO:
Es de carácter obligatorio para los
establecimientos abiertos al público donde se ejecuten obras musicales.
(Exceptos centros educativos)
TRAMITES DE SEGURIDAD LABORAL
Este requisito son obligatorios y deben
realizarse una vez la empresa esté en funcionamiento para garantizar la
integridad de sus empleados.
1.
INSCRIBIRCE ANTE UNA
EMPRESA ADMINISTRADORA DE RIEGOS PROFESIONALES.
Ya que es obligatorio para todas las
empresas proteger la integridad de sus empleados.
2. AFILIAR A LOS TRABAJADORES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE
PENCIONES
3. AFILIAR A LOS TRABAJADORES A FONDO DE CESANTIAS.
4. INSCRIBIRSE A UN PROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL.
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